Pace-Finletter MOU 1952 - Pace-Finletter MOU 1952

La Pace-Finletter MOU de 1952 fue un memorando de entendimiento (MOU) fue firmado el 4 de noviembre 1952 entre el Secretario de la Fuerza Aérea Thomas K. Finletter y Secretario del Ejército Frank Pace que elimina las restricciones de peso en los helicópteros que el Ejército de Estados Unidos podría usar. También amplió la gama de tareas para las que se podrían utilizar los helicópteros del Ejército. Sin embargo, también creó un límite arbitrario de restricción de peso de 5,000 libras sobre la capacidad del Ejército para volar aviones de ala fija. Como resultado, el Ejército de los EE. UU. Depende hoy en día de la Fuerza Aérea de los EE. UU. Para comprar y tripular aviones de ataque a tierra de ala fija para cumplir misiones de apoyo aéreo cercanas .

"... que estableció un límite de peso de ala fija (para el Ejército) de cinco mil libras vacías, pero se eliminaron las restricciones de peso en helicópteros ..."

Fondo

Una de las consecuencias de la creación del Departamento de Defensa por parte del presidente Harry S. Truman fue la escisión de las Fuerzas Aéreas del Ejército de los EE. UU. ( El Cuerpo Aéreo del Ejército de los EE. UU. Se disolvió en 1942) del Ejército de los EE. UU. Y la creación de la Fuerza Aérea de los EE. UU. Con la inclinación natural de la Fuerza Aérea hacia la Superioridad Aérea y las prioridades estratégicas (es decir, nucleares), el Ejército quería algunas capacidades aéreas propias. Sin embargo, esto significaría la duplicación de algunos recursos entre el Ejército y la Fuerza Aérea. Finalmente, hubo una reunión entre el Secretario de la Fuerza Aérea Thomas K. Finletter y el Secretario del Ejército Frank Pace que resultó en el MOU Pace-Finletter del 4 de noviembre de 1952.

El Acuerdo anterior del 2 de octubre de 1951 que no pudo resolver los problemas como lo hizo el MOU del 4 de noviembre de 1952.

Este MOU se basó en el Acuerdo de Key West .

El acuerdo

El acuerdo decía:

MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO RELATIVO A LA AVIACIÓN ORGÁNICA DEL EJÉRCITO

  1. La Ley de Seguridad Nacional de 1947, modificada en 1949, establece que "en general, el Ejército incluirá fuerzas de combate y servicio terrestres y el transporte de aviación y agua que sea orgánico". El propósito de este memorando es delinear en la cita anterior la frase, "la aviación que pueda ser orgánica en el mismo", a fin de garantizar que el Ejército de los EE. UU. Pueda emplear las aeronaves necesarias para sus requisitos internos en la conducción de operaciones en tierra. sin infringir las misiones asignadas a la Fuerza Aérea de los Estados Unidos.
  2. La aviación orgánica del Ejército consistirá en aeronaves utilizadas principalmente por el Ejército dentro de la zona de combate del Ejército como parte integral de sus componentes con el fin de agilizar y mejorar los procedimientos logísticos y de combate en tierra, sujeto, sin embargo, a la limitación de que dichas aeronaves no se duplicarán. las funciones de la Fuerza Aérea de los EE. UU. en proporcionar al Ejército, mediante aviones de ala fija y de ala giratoria, apoyo de combate cuerpo a cuerpo, transporte de asalto y otros transportes aéreos de transporte de tropas, fotografía aérea, reconocimiento táctico e interdicción del poder y las comunicaciones terrestres del enemigo. Las aeronaves orgánicas del ejército se definen como aeronaves del tipo de observación o utilidad de ala fija con un peso en vacío que no exceda las 5000 libras y las aeronaves del tipo de ala giratoria, cuya elevación y propulsión total se logran únicamente a partir de rotores, diseñados y utilizados para el desempeño. de las siguientes funciones; y estas funciones serán utilizadas por el Ejército exclusivamente como base para desarrollar los requisitos del Ejército para la adquisición de aeronaves del Ejército:
    a. Observación aérea para ampliar y complementar otros métodos de observación del Ejército con el fin de localizar, verificar y evaluar objetivos, ajustar el fuego, estudiar el terreno u obtener información sobre las fuerzas enemigas que no hayan obtenido las agencias de reconocimiento aéreo de los otros servicios; esto incluye fotografía aérea limitada incidente con estos fines.
    B. Control de las fuerzas del Ejército.
    C. Misiones de mando, enlace y mensajería pertinentes a la zona de combate y entrenamiento por lo tanto.
    D. Colocación de cables aéreos dentro de la zona de combate.
    mi. Transporte de suministros, equipos y pequeñas unidades del Ejército dentro de la zona de combate.
    F. Evacuación aeromédica dentro de la zona de combate, que incluye la recogida de las víctimas en el campo de batalla, su transporte aéreo al punto inicial de tratamiento y cualquier traslado posterior a las instalaciones hospitalarias dentro de la zona de combate.
    gramo. Levantamiento de artillería y topografía.
  3. Los aviones orgánicos del Ejército serán utilizados por el comandante responsable del Ejército cuando lo considere necesario para el desempeño de su misión militar.
  4. Las aeronaves del Ejército, según se definen en el párrafo 2 anterior, pueden utilizarse en operaciones en tiempo de paz y en entrenamiento para las funciones descritas en el párrafo 2 anterior, según lo requieran las unidades y actividades del Ejército.
  5. Las limitaciones de peso en las aeronaves de ala fija del Ejército estarán sujetas a revisión por parte del Secretario de Defensa a solicitud del Secretario del Ejército o el Secretario de la Fuerza Aérea según sea necesario para mantener esta limitación realista a la luz de los desarrollos técnicos y las misiones asignadas. .
  6. De acuerdo con una de sus funciones principales, proporcionar apoyo aéreo logístico al Ejército, la Fuerza Aérea proporcionará mediante aeronaves de ala fija o de ala giratoria el siguiente puente aéreo; y estas funciones serán utilizadas por la Fuerza Aérea exclusivamente como base para desarrollar los requisitos de la Fuerza Aérea para la adquisición de aeronaves de la Fuerza Aérea:
    a. Transporte aéreo de suministros, equipo, personal y unidades del Ejército desde puntos exteriores a puntos dentro de la zona de combate.
    B. Puente aéreo para la evacuación de personal y material de la zona de combate.
    C. Puente aéreo para el movimiento aéreo de tropas, suministros y equipos en el asalto y fases posteriores de las operaciones aerotransportadas.
    D. Evacuación aeromédica de heridos desde el punto inicial de tratamiento o el punto de hospitalización posterior dentro de la zona de combate hasta puntos fuera de la zona de combate; y en las operaciones aerotransportadas, la evacuación de todas las víctimas del área objetivo hasta que se logre la conexión terrestre.
  7. A los efectos de este memorando, el término "zona de combate" se definirá de la siguiente manera:
    La zona de combate comprende la parte del teatro de operaciones requerida para la conducción de la guerra por las fuerzas de campaña. Su límite trasero es designado por el comandante del teatro y depende del tamaño de las fuerzas asignadas, la naturaleza de las operaciones contempladas, el carácter de las líneas de comunicación, las características importantes del terreno y las capacidades enemigas. Puede dividirse para el control táctico en áreas de grupo de ejércitos, ejércitos de campo, cuerpo y división; cada uno está controlado por los requisitos, se entiende que la zona de combate será normalmente de 50 a 100 millas de profundidad.
  8. Las disposiciones de este acuerdo, el impacto del mismo en los desarrollos futuros y cualquier problema importante relacionado con la interpretación del mismo que pueda surgir serán objeto de consulta entre los Jefes de Estado Mayor y los Secretarios de los dos Servicios cuando así lo soliciten.
  9. Las disposiciones de este memorando no están destinadas a aplicarse a aeronaves de tipo convertiplano, ni se interpretará que este acuerdo prohíbe la investigación, el desarrollo y las pruebas continuas de dichas aeronaves para el Ejército.
  10. Este acuerdo deroga el Memorando de Entendimiento entre el Secretario del Ejército y el Secretario de la Fuerza Aérea, de fecha 2 de octubre de 1951. Todos los reglamentos y acuerdos en conflicto con lo anterior serán revisados ​​de acuerdo con las disposiciones de este memorando. Nada de lo contenido en este documento tiene la intención o se interpretará como una modificación, alteración o anulación de cualquiera de las funciones asignadas de las Fuerzas Armadas (El Acuerdo de Key West, de fecha 21 de abril de 1948).

/ s / Frank Pace Jr.
Secretario del Ejército

/ s / J. Lawton Collins
Jefe de personal, Ejército de Estados Unidos

/ s / Thomas K. Finletter
Secretario de la Fuerza Aérea

/ s / NF Twining

Vicejefe de Estado Mayor, Fuerza Aérea de EE. UU.

Consecuencias

Algunas personas dan crédito a este acuerdo por liberar al Ejército para desarrollar la Rama de Aviación del Ejército de los Estados Unidos con base en helicópteros establecida en 1983. Desde 1942 hasta 1983, los activos de Aviación del Ejército fueron controlados por "ramas proponentes" según el tipo de aeronave y unidad. A partir de 1942, cuando el Cuerpo Aéreo del Ejército fue redesignado como Fuerzas Aéreas del Ejército, las Fuerzas Terrestres del Ejército retuvieron los aviones monomotores ligeros y los designaron como aviones de "enlace" asignados a las unidades de artillería. A medida que se introdujeron los helicópteros en la aviación del Ejército, los helicópteros de carga pasaron a estar bajo el apoyo del Cuerpo de Transporte y, finalmente, hubo unidades de helicópteros de asalto (División de Infantería), helicópteros de ataque y helicópteros de observación / exploración (División Armor), ataque de "artillería de cohetes aéreos" helicópteros (rama de artillería de campaña), aviones de observación / reconocimiento (rama de inteligencia militar), unidades de evacuación médica aérea (cuerpo de servicios médicos) y aviones de señales / inteligencia electrónica (cuerpo de señales).

Antes de 1983, los aviadores potenciales del ejército fueron comisionados en una "rama básica" (es decir, armadura de infantería, artillería de campo, etc.), completaron el curso básico de oficiales de esa rama y posteriormente solicitaron órdenes de entrenamiento de vuelo (generalmente después de al menos un año de servicio de "calificación de sucursal" en una unidad de esa sucursal básica). Tras su designación como Aviador del Ejército, el nuevo piloto solía ser asignado a una unidad bajo la proposición de sus ramas "propietarias", completaba cualquier entrenamiento de transición de aeronave requerido y comenzaba su servicio en Aviación del Ejército. Los aviadores suboficiales fueron nombrados en el Ejército "en general" (es decir, sin designación de rama específica). Sin embargo, la gestión de la carrera estaba bajo el conocimiento de la Subdivisión de Aviación del Suboficial del Ejército, que era una rama puramente administrativa sin insignias de rama distintivas, aviones o unidades tácticas bajo su autoridad. (Hasta 2004, todos los suboficiales del ejército llevaban la insignia de la Suboficial de la Rama de un águila extendida y un diseño de corona).

Otras personas culpan a este acuerdo por permitir que la Fuerza Aérea ignore las necesidades de Soporte (Aire a) Tierra, aparte del A-10 Thunderbolt II o Warthog .

La Fuerza Aérea había intentado retirar y / o transferir a las Reservas toda su flota A-10, reemplazándola con el F-16 Fighting Falcon , justo antes de la Primera Guerra del Golfo. La Primera Guerra del Golfo demostró el valor del A-10 en el papel de Apoyo Aéreo Cercano (CAS), al tiempo que mostró las limitaciones del F-16 como avión CAS.

Ver también

Referencias