Pluralismo jurídico - Legal pluralism

El pluralismo legal es la existencia de múltiples sistemas legales dentro de una población (humana) y / o área geográfica. Los sistemas legales plurales prevalecen particularmente en las antiguas colonias , donde el derecho de una autoridad colonial anterior puede coexistir con sistemas legales más tradicionales ( derecho consuetudinario ).

Historia

Cuando se desarrollaron los sistemas, la idea era que ciertas cuestiones (como las transacciones comerciales ) estarían cubiertas por la ley colonial, y otras cuestiones (la familia y el matrimonio ) estarían cubiertas por la ley tradicional. Con el tiempo, esas distinciones tendieron a romperse y las personas optarían por presentar sus reclamos legales bajo el sistema que pensaban que les ofrecería la mejor ventaja.

Practica actual

El pluralismo legal también ocurre cuando diferentes leyes gobiernan diferentes grupos dentro de un país. Por ejemplo, en India y Tanzania , hay tribunales islámicos especiales que abordan las preocupaciones de las comunidades musulmanas siguiendo los principios de la ley islámica . Los tribunales seculares se ocupan de los problemas de otras comunidades.

Dado que los sistemas legales occidentales modernos también pueden ser pluralistas, es engañoso discutir el pluralismo legal solo en relación con los sistemas legales no occidentales. El pluralismo legal puede incluso encontrarse en entornos que inicialmente pueden parecer legalmente homogéneos. Por ejemplo, existen ideologías duales de la ley dentro de los juzgados en los EE. UU., Ya que la ideología formal de la ley tal como está escrita existe junto con la ideología informal de la ley tal como se usa. La discusión sobre la pluralidad interna y externa de los sistemas legales se denomina sociología del derecho .

Las fuentes de la ley islámica incluyen el Corán , la Sunnah y el Ijma , pero la mayoría de los estados-nación occidentales modernos toman la base de su sistema legal de las superpotencias cristianas de antaño (Gran Bretaña, Francia, etc.). Ésa es también la razón por la que las leyes morales que se encuentran en la Biblia en realidad se han convertido en leyes completas, con la regla inicial muy atrás en la historia legal , cumpliendo así la prioridad tanto de los positivistas como de los naturalistas. La red oriental Hamed Kazemzadeh cree que a pesar de la nivelación de muchas diferencias presentes bajo el impacto de la ciencia, la tecnología y el aumento de la intercomunicación en el pluralismo jurídico , no podemos en un futuro razonablemente cercano prever una disminución sustancial de las diferencias en nuestro valor básico. sistemas, ya sean filosóficos o culturales.

El pluralismo legal también existe hasta cierto punto en sociedades donde los sistemas legales de la población indígena han recibido algún reconocimiento. En Australia , por ejemplo, la decisión Mabo reconoció el título nativo y, por lo tanto, elementos del derecho aborigen tradicional. También se han reconocido elementos del derecho penal aborigen tradicional , especialmente en las sentencias. Eso ha creado, en efecto, dos sistemas de sentencia paralelos. Otro ejemplo es Filipinas, cuyas costumbres tradicionales de los pueblos indígenas en las Cordilleras son reconocidas por el gobierno filipino y en Kalinga , Bodong es el medio utilizado por la gente para resolver disputas: como había sido muy eficaz para ellos, todavía se practica ampliamente. .

Existe cierta preocupación por el hecho de que los sistemas legales tradicionales y los sistemas legales musulmanes no promuevan los derechos de las mujeres . Como consecuencia, los miembros del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) han pedido una unificación de los sistemas legales dentro de los países.

En la teoría del derecho

En antropología jurídica y sociología , tras una investigación que señaló que gran parte de la interacción social está determinada por reglas fuera de la ley y que varios de estos "órdenes legales" podrían existir en un país, John Griffiths, presentó un fuerte argumento para el estudio de estos sistemas sociales. de las reglas y cómo interactúan con la propia ley, lo que llegó a conocerse como pluralismo jurídico.

Este concepto de pluralismo jurídico, en el que la ley se considera uno de los muchos ordenamientos jurídicos, ha sido criticado. Roberts argumentó que el concepto de ley estaba intrínsecamente vinculado a la noción de estado, por lo que estos ordenamientos legales no deberían considerarse similares a la ley. Por otro lado, Tamanhda y Griffiths han argumentado que el derecho solo debe estudiarse como una forma particular de orden social junto con otras reglas que gobiernan los sistemas sociales, abandonando el concepto de derecho como algo que vale la pena estudiar.

Ver también

Referencias

Otras lecturas

  • Barzilai, Gad . 2003. Comunidades y derecho: política y culturas de las identidades legales University of Michigan Press ISBN  0-472-11315-1
  • Benda-Beckmann, K. von. 1981. "Foro de compras y foros de compras: Procesamiento de disputas en la aldea de Minangkabau". Revista de pluralismo jurídico 19: 117-159.
  • Channock, M. 1985. Derecho, costumbres y orden social: la experiencia colonial en Malawi y Zambia . Nueva York: Cambridge University Press.
  • Feliz, Sally Engle. 1988. "Legal Pluralism". Revista de derecho y sociedad 22: 869-896
  • Sierra, María Teresa. 1995. “Derechos indígenas y derecho consuetudinario en México: un estudio de los nahuas en la Sierra de Puebla”. Revista de derecho y sociedad 29 (2): 227-254.
  • Speelman, G. 1995. “Las minorías musulmanas y la sharia en Europa”. Páginas. 70–77 en Tarek Mitri (Ed.), Religión, derecho y sociedad . Ginebra, Suiza: Consejo Mundial de Iglesias.
  • Kazemzadeh, H. 2018. “Pluralismo en la construcción de la paz ideológica”, "Revista interna de la ACPCS" ..
  • Starr, June y Jonathan Pool. 1974. "El impacto de una revolución legal en la Turquía rural". Revista de derecho y sociedad  : 533-560.
  • Tamanaha, Brian Z., Caroline Sage y Michael Woolcock, eds. 2012. Pluralismo jurídico y desarrollo: académicos y practicantes en diálogo . Cambridge, Reino Unido: Cambridge University Press. ISBN  9781107019409

enlaces externos

  • Centro McGill de Derechos Humanos y Pluralismo Jurídico, Facultad de Derecho [1]