Declaración (ley) - Declaration (law)

En derecho, una declaración es un establecimiento autorizado de hecho. Las declaraciones adoptan diversas formas en diferentes sistemas legales.

derecho Canónico

En el derecho canónico de la Iglesia Católica , una declaración de nulidad (comúnmente llamada anulación y menos comúnmente un decreto de nulidad) es un juicio autorizado por parte de un tribunal eclesiástico que establece jurídicamente el hecho de que un matrimonio fue contraído inválidamente o, menos con frecuencia, una sentencia que establece jurídicamente el hecho de que una ordenación fue conferida inválidamente. No disuelve un vínculo matrimonial válido, pero es simplemente una declaración fáctica de la nulidad del vínculo.

Ley común

En el derecho consuetudinario , una declaración normalmente se refiere a un fallo de la corte o un laudo de un tribunal de arbitraje que es una sentencia vinculante de los derechos u otras relaciones legales de las partes que no prevé ni ordena la ejecución. Cuando la declaración la hace un tribunal, se suele denominar sentencia declaratoria . Con menos frecuencia, cuando un árbitro concede una reparación declarativa , normalmente se denomina laudo declaratorio .

El alivio declaratorio se ve con mayor frecuencia en dos circunstancias particulares:

  1. solicitudes de declaraciones de legitimidad, en procesos judiciales de familia y sucesorios ; y
  2. bajo pólizas de seguro , para determinar si un peligro está cubierto por una póliza en particular.

Derecho de la Unión Europea

Las solicitudes de alivio declaratorio en otras áreas se han generalizado, particularmente en Europa. Una característica clave en relación con este desarrollo han sido los Convenios de Bruselas y Lugano sobre jurisdicción civil y las sentencias relativas a los miembros del Espacio Económico Europeo (EEE). En determinadas circunstancias, la jurisdicción se concede en virtud de las convenciones a los tribunales que conocieron en primer lugar el asunto. Esto ha llevado a un aumento en el número de acusados ​​que toman medidas preventivas al buscar "declaraciones de no responsabilidad" en una carrera hacia el tribunal para asegurarse de que eligen el tribunal primero en lugar de esperar a que el demandante lo haga.

Legislación declaratoria

Un acto del parlamento u otro estatuto es declaratorio si pretende declarar con autoridad cuál es el estado actual de las cosas. Por el contrario, la mayoría de los estatutos son de derecho positivo y pretenden ordenar un estado de cosas futuro. En términos lingüísticos, la legislación declaratoria es indicativa, mientras que el derecho positivo es performativo . Dos leyes del Parlamento de Gran Bretaña que afirman su derecho a legislar para otras jurisdicciones se denominan comúnmente "Ley Declaratoria": una en 1719 relacionada con el Reino de Irlanda y otra en 1766 relacionada con las Trece Colonias . Los " Artículos declaratorios " de la Iglesia de Escocia también significan definir un estado que ya existía.

Otros usos legales

La declaración se usa (a veces traducida como un verbo) de otras formas en ciertos sistemas legales.

  • En algunos sistemas legales, una declaración es similar a una declaración jurada .
  • En relación a las empresas , la declaración es el primer paso en relación a la distribución y pago de dividendos .
  • En la ley de fideicomisos , se dice que un fideicomitente que declara que tiene cierta propiedad en fideicomiso hace una declaración de fideicomiso .
  • Las declaraciones moribundas son una excepción a la regla contra los rumores en muchos sistemas legales.
  • Las declaraciones contra los intereses también son una excepción a la regla contra los rumores en muchos sistemas legales.
  • Se requiere una declaración formal de incumplimiento para hacer cumplir las garantías reales de los acreedores en algunos sistemas legales.
  • Una declaración interpretativa es una nota formal hecha por un estado al ratificar un tratado que aclara la interpretación del estado del tratado.

Referencias

Otras lecturas

Chisholm, Hugh, ed. (1911). "Declaración"  . Encyclopædia Britannica . 7 (11ª ed.). Prensa de la Universidad de Cambridge. págs. 913–914.