Entidades algorítmicas - Algorithmic entities

Las entidades algorítmicas se refieren a algoritmos autónomos que operan sin control o interferencia humana. Recientemente, se está prestando atención a la idea de que a las entidades algorítmicas se les otorgue personalidad jurídica (parcial o total) . El profesor Shawn Bayern y la profesora Lynn M. LoPucki popularizaron a través de sus trabajos la idea de tener entidades algorítmicas que obtengan la personalidad jurídica y los derechos y obligaciones que la acompañan.

Entidades algorítmicas legales

Académicos y políticos han estado discutiendo en los últimos años si es posible tener una entidad algorítmica legal, lo que significa que un algoritmo o IA tiene personalidad jurídica. En la mayoría de los países, la ley solo reconoce a las personas físicas o reales y a las personas jurídicas . El argumento principal es que detrás de cada persona jurídica (o capas de personas jurídicas), eventualmente existe una persona física.

En algunos países se han hecho algunas excepciones a esto en la forma de concesión de una personalidad ambiental a ríos, cascadas, bosques y montañas. En el pasado, también existía alguna forma de personalidad para ciertas construcciones religiosas como iglesias y templos.

Ciertos países, aunque con fines publicitarios, han mostrado su disposición a otorgar (alguna forma de) personalidad jurídica a los robots . El 27 de octubre de 2017, Arabia Saudita se convirtió en el primer país del mundo en otorgar la ciudadanía a un robot cuando le dio un pasaporte a “Sophia” . En el mismo año, se otorgó el estatus de residencia oficial a un chatbot llamado "Shibuya Mirai" en Tokio, Japón.

El consenso general es que, en cualquier caso, la IA no puede considerarse una persona física o real y que otorgarle la personalidad (jurídica) a la IA en esta etapa es indeseable desde el punto de vista social. Sin embargo, las discusiones académicas y públicas continúan a medida que el software de IA se vuelve más sofisticado y las empresas están implementando cada vez más la inteligencia artificial para ayudar en todos los aspectos de los negocios y la sociedad. Esto lleva a algunos académicos a preguntarse si a la IA se le debería otorgar la personalidad jurídica, ya que no es impensable tener algún día un algoritmo sofisticado capaz de gestionar una empresa completamente independiente de las intervenciones humanas.

Brown argumenta que la cuestión de si se puede otorgar la personería jurídica a AI está directamente relacionada con la cuestión de si AI puede o incluso debe permitírsele poseer una propiedad legalmente. Brown "concluye que esa personalidad jurídica es el mejor enfoque para que AI posea bienes personales". Esta es una pregunta especialmente importante, ya que muchos académicos ya reconocen que la IA posee y controla algunos activos digitales o incluso datos. AI también puede crear texto escrito, fotos, arte e incluso algoritmos, aunque la propiedad de estas obras no se otorga actualmente a AI en ningún país porque no está reconocida como una persona jurídica.

Estados Unidos

Bayern (2016) sostiene que esto ya es posible en la actualidad según la legislación estadounidense. Afirma que, en los Estados Unidos, la creación de una empresa controlada por IA sin interferencia humana o propiedad ya es posible según la legislación actual mediante la creación de una "LLC de miembro cero":

(1) un miembro individual crea una LLC administrada por miembros, presentando la documentación correspondiente ante el estado; (2) el individuo (junto, posiblemente, con la LLC, que es controlada por el único miembro) entra en un acuerdo operativo que rige la conducta de la LLC; (3) el acuerdo operativo especifica que la LLC tomará las acciones que determine un sistema autónomo, especificando términos o condiciones según corresponda para lograr los objetivos legales del sistema autónomo; (4) el único miembro se retira de la LLC, dejando a la LLC sin ningún miembro. El resultado es potencialmente una LLC perpetua, una nueva persona jurídica, que no requiere la intervención continua de ninguna persona jurídica preexistente para mantener su estatus.

Sherer (2018) argumenta, después de realizar un análisis sobre las leyes de LLC de Nueva York (y otros estados), la Ley Uniforme Revisada de Sociedades de Responsabilidad Limitada (RULLCA) y la jurisprudencia estadounidense sobre los fundamentos de la personalidad jurídica, que esta opción no es válida. viable, pero está de acuerdo con el Bayern en la existencia de un "vacío legal" por el cual un sistema de inteligencia artificial podría "controlar efectivamente una LLC y, por lo tanto, tener el equivalente funcional de la personalidad jurídica". El vacío legal del Bayern de "propiedad cruzada de entidades" funcionaría de la siguiente manera:

(1) La persona P existente establece LLC A y B administradas por sus miembros, con acuerdos operativos idénticos, ambos siempre que la entidad esté controlada por un sistema autónomo que no sea una persona jurídica preexistente; (2) P hace que A sea admitido como miembro de B y B sea admitido como miembro de A; (3) P se retira de ambas entidades.

A diferencia de la LLC de cero miembros, la propiedad cruzada de la entidad no provocaría una respuesta de la ley por tener una entidad sin miembros, ya que lo que queda son dos entidades, cada una con un miembro. En las corporaciones, este tipo de situaciones a menudo se previenen mediante disposiciones formales en los estatutos (principalmente para los derechos de voto de las acciones), sin embargo, tales limitaciones no parecen existir para las LLC, ya que son más flexibles en la organización del control y la organización.

Europa

En Europa, algunos académicos de diferentes países han comenzado a buscar posibilidades en sus respectivas jurisdicciones. Bayern y col. (2017) compararon el Reino Unido, Alemania y Suiza con los hallazgos de Bayern (2016) anteriormente para que los EE. UU. Vean si tales "lagunas" en la ley también existen allí para establecer una entidad algorítmica.

Algunas jurisdicciones más pequeñas van más allá y están adaptando sus leyes a los cambios tecnológicos del siglo XXI. Guernsey ha otorgado derechos (limitados) a los agentes electrónicos y Malta está actualmente ocupada creando una prueba de ciudadanía robótica.

Si bien es poco probable que la UE permita que la IA reciba personalidad jurídica en este momento, el Parlamento Europeo , sin embargo, solicitó a la Comisión Europea en una resolución de febrero de 2017 que "cree un estatus legal específico para los robots a largo plazo, de modo que al menos se podría establecer que los robots autónomos más sofisticados tienen la condición de personas electrónicas responsables de reparar cualquier daño que puedan causar, y posiblemente aplicar personalidad electrónica a los casos en que los robots toman decisiones autónomas o interactúan con terceros de forma independiente ”.

No todas las partes de los organismos supranacionales europeos acordaron ya que el Comité Económico y Social Europeo emitió por iniciativa propia un dictamen en contra de mayo de 2017: “El CESE se opone a cualquier forma de estatuto jurídico de los robots o (sistemas) de IA, ya que ello implica un riesgo inaceptable de riesgo moral. La ley de responsabilidad se basa en una función preventiva de corrección de comportamiento, que puede desaparecer tan pronto como el fabricante ya no asuma el riesgo de responsabilidad, ya que este se transfiere al robot (o al sistema de inteligencia artificial). También existe el riesgo de uso inadecuado y abuso de este tipo de estatus legal ".

En respuesta a la solicitud del Parlamento Europeo, la Comisión Europea creó un Grupo de expertos de alto nivel para abordar problemas y tomar la iniciativa en una serie de temas relacionados con la automatización, la robótica y la inteligencia artificial. El Grupo de Expertos de Alto Nivel publicó un documento preliminar para las pautas éticas de la IA y un documento que define la IA en diciembre de 2018. El documento sobre las pautas éticas se abrió para consulta y recibió una amplia retroalimentación. La Comisión Europea está adoptando un enfoque cuidadoso al legislar sobre la IA al hacer hincapié en la ética, pero al mismo tiempo, dado que la UE está atrasada en la investigación de la IA en los Estados Unidos y China, se centra en cómo reducir la brecha con los competidores creando un entorno más atractivo. marco regulatorio para la investigación y el desarrollo de la IA. Dar personalidad jurídica (limitada) a la IA o incluso permitir ciertas formas de entidades algorítmicas podría crear una ventaja adicional.

Referencias